Alosno y el fandango



ALOSNO
XVIII CERTAMEN NACIONAL DE FANDANGOS
'PACO TORONJO'

María Antonia Peña



María Antonia Peña
La conciencia de lo onubense
Artes, costumbres y riquezas
de la provincia de Huelva nº  71



Si en un prodigioso esfuerzo de imaginación nos situáramos en los albores del siglo XIX, resultaría muy difícil precisar si el termino ‘onubense’ -referido globalmente a los pobladores del área occidental del Reino de Sevilla- tenía ya, por esas fechas, alguna carta de naturaleza. Igualmente, faltan evidencias documentales sobre la existencia de una conciencia territorial previa que permitiera a estos ‘onubenses’ sentirse parte de un espacio diferenciado y previsiblemente transformable en unidad administrativa independiente. Cierto es que, el 24 de julio de 1808, el corregidor de Gibraleón Leonardo Botella firmaba una proclama patriótica y antifrancesa bajo el encabezamiento de ‘Ilustres onovenses’, aunque ese epíteto no parece corresponderse con un espíritu onubensista comarcal, sino con la recuperación de una vieja tradición que identificaba la antigua Onoba con la villa de Gibraleón (tradición alimentada consecutivamente, durante los últimos siglos, por Rodrigo Caro, Enrique Flórez en primera instancia y Miguel Ignacio Pérez Quintero). Con todo, tampoco hay que dejar pasar algunos detalles significativos.
Aunque resulte arriesgado afinar las conclusiones, el propio Pérez Quintero, en la lista de suscriptores de su libro La Beturia vindicada, de 1794, introducía el epígrafe ‘Huelba’ para agrupar a los lectores afincados en Ayamonte, Trigueros, San Juan del Puerto, Villanueva de las Cruces o la propia villa de Huelva, utilizando -al parecer- la división administrativa del Partido de Aduanas, existente desde 1717. Que el sur de la actual provincia de Huelva gozaba en esas fechas de una cierta identidad propia parece estar fuera de toda duda si tenemos en cuenta que una Real Orden, fechada el 19 de febrero de 1805, lo desgajaba ya del Reino de Sevilla y lo integraba en una nueva entidad administrativa: la provincia de Sanlúcar de Barrameda. Evidentemente, ésta fundamentaba su existencia en aspectos más geográficos y económicos que políticos, delimitando el espacio comarcal comprendido entre las desembocaduras de los ríos Guadiana y Guadalquivir y buscando como factor de integración el común carácter agrícola y la proximidad al Atlántico de 33 núcleos de población que actualmente formarían parte de las provincias de Huelva, Sevilla y Cádiz.
Según la Real Orden citada, estos eran: Sanlúcar de Barrameda, Lebrija, Las Cabezas, Trebujena, Chipiona, Villamanrique, Pilas, Hinojos, Alcalá de la Alameda, Chucena del Campo, Manzanilla, Villanueva del Alcor, La Palma, Bollullos del Condado, Almonte, Gibraleón, San Bartolomé de la Torre, Villanueva de los Castillejos, San Silvestre, Villablanca, Ayamonte, La Higuerita, La Redondela, La Tuta, Lepe, Cartaya, San Miguel de Arca de Buey, Aljaraque, Rincón, Huelva, San Juan del Puerto, Moguer y Palos, con independencia de los lugares de El Rocío y Torre de Carboneras, en los que empezaban a tener lugar los primeros asentamientos temporales de vecinos. Por otra parte, tampoco parece casualidad que, en plena dominación napoleónica y a pesar de haberse constituido ya una Junta Provincial en Sevilla, los habitantes de la villa de Huelva se apresurasen a constituir su propia Junta (‘por ser un puerto de mar de los mayores de matrícula y contribuyentes al Real Servicio’¿ y solicitasen la aprobación de ésta, directamente, a la Junta Suprema Central, sin recabar la anuencia de ninguna otra instancia administrativa intermedia.
Por lo demás, la misma división realizada por los franceses en la Prefectura de Sevilla o Departamento del Bajo Guadalquivir parece ajustarse a una situación geohistórica preexistente. Al dividir el espacio provincial en dos subprefecturas (la de Ayamonte y la de Aracena¿, la nueva estructura administrativa reproducía el reparto tradicional del territorio en dos zonas -el señorío al Sur y el realengo al Norte- y definía un trazado fronterizo coincidente a grandes rasgos con el que luego se adjudicaría a la provincia.
Obviamente, la monarquía bonapartista buscaba racionalizar y centralizar la gestión administrativa y gubernativa del nuevo Estado. A principios del siglo XIX, la heterogénea y vetusta articulación del territorio en Reinos dificultaba la aplicación de las reformas económicas y políticas y obstaculizaba, en definitiva, la implantación del sistema liberal. Pero de esto no sólo se habían percatado los franceses. Imbuidos también por la filosofía política del liberalismo, los parlamentarios reunidos en las Cortes de Cádiz fueron igualmente conscientes de la necesidad de arbitrar una nueva división del territorio nacional. El artículo Xl de la Constitución de 1812 así lo consignaba y, de hecho, algunos trabajos llegaron a emprenderse para diseñar el mapa provincial. Se recogió el material cartográfico, se realizaron informes y se llegó a elaborar un proyecto de ley. Sin embargo, el retorno de Femando Vll en 1814 y su inmediato rechazo de la labor legislativa de las Cortes puso en evidencia que sólo un Gobierno liberal conseguiría sacar adelante la racionalización administrativa ya bosquejada.

© María Antonia Peña Guerrero
© Fotos: mgp

José Luis Sampedro


JOSÉ LUIS SAMPEDRO
Premio 'Erasmo de Roterdam'
a título póstumo

Los miembros de la Junta de Gobierno de la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL HUMANISMO SOLIDARIO, conceden el I PREMIO INTERNACIONAL HUMANISMO SOLIDARIO ‘ERASMO DE ROTERDAM’, a título póstumo, al escritor y pensador JOSÉ LUIS SAMPEDRO. El objetivo del Premio es el de poner en valor a las personalidades o instituciones destacadas por la defensa de los principios de solidaridad, interculturalidad, humanidad, dignidad y valores del ser humano en su obra de pensamiento, intelectual, creativa o literaria. Los candidatos son presentados por las instituciones que defienden estos principios, las Universidades, Ateneos, Fundaciones Culturales o Sociales e instituciones de cualquier parte del mundo. La entrega del Premio en diciembre se hace coincidir con la fecha en la que se conmemora (10 diciembre 1948) la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), cuyo texto fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217-A (III), en París.

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